A los fines de precisar el objeto de la presente acción de amparo, importa destacar el referente constitucional relacionado con los derechos educativos y la enseñanza ambiental, observándose que en su <
“…Se proclama la educación como un derecho humano y como un deber constitutivo de la raíz más esencial de la democracia y se le declara gratuita obligatoria, y la asume el Estado como función indeclinable de servicio público…Para ser incluidas en los diseños curriculares, se le dio rango constitucional a las materias relativas al ambiente, a lo lingüístico y a lo neohistórico. En efecto la educación ambiental debe estar presente en todos los niveles de sistema educativo, aun en la educación no formal…Así encuentra fundamento constitucional la obligatoriedad de la educación ambiental…”
Esta declaratoria se corresponde con el tratamiento que nuestra Carta Magna le otorga al ambiente, al categorizarlo como un Derecho Humano, en rigor de lo dispuesto en el Título III Capítulo IX referente a los Derechos Ambientales, concretamente en el artículo 127: “Es un derecho y un deber de cada generación proteger y mantener el ambiente en beneficio de sí misma y del mundo futuro. Toda persona tiene derecho individual y colectivamente a disfrutar de una vida y de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado…”
Por su parte el artículo 102 constitucional señala: “La educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria. El Estado la asumirá como función indeclinable y de máximo interés en todos sus niveles y modalidades, y como instrumento del conocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad…” Y en su artículo 107, estableció sin distinción y/o restricción la Educación Ambiental en todas las escalas del sistema educativo venezolano: “La educación ambiental es obligatoria en todos los niveles y modalidades del sistema educativo, así como también en la educación ciudadana no formal…”
La citada norma también le dio el carácter de obligatoriedad de enseñanza a otros saberes, pero limitado al ciclo diversificado: “…Es de obligatorio cumplimiento en las instituciones públicas y privadas, hasta el ciclo diversificado la enseñanza de la lengua castellana, la historia y la geografía de Venezuela…”
Este mandamiento normativo constitucional lo desarrolla en primera fase la Ley Orgánica del Ambiente, G.O. Ext. N°5.833 del 22/12/06, que señala en el Título IV los lineamientos de la educación ambiental y específicamente en su artículo 35, N° 1° dispone taxativamente:“Incorporar una asignatura en materia ambiental, con carácter obligatorio, como constitutivo del pénsum en todos los niveles y modalidades del sistema educativo bolivariano...”
Me parece un buen ejemplo de lo que podemos hacer como ciudadanos. Como ustedes saben, estamos impulsando la formación de Defensorías Ambientales ciudadanas en todas partes. Si cuidar el ambiente es un derecho y un deber, nos toca a todos ser defensores ambientales y tenemos que construir las herramientas para hacerlo.
Una acción de amparo para lograr que se implemente la educación ambiental es una de esas herramientas. Por eso me parece importante que ustedes dispongan del texto completo de esa presentación. Sería una buena idea que en distintos países, provincias o municipios, se presentaran ciudadanos reclamando por el derecho a la educación ambiental. Obviamente los fundamentos están basados en la legislación venezolana, pero la de los demás países (y sus respectivas provincias) no es muy diferente.
Creo que si se multiplican este tipo de acciones se logrará un efecto demostración que llevará a que en otros sitios se instrumente la educación ambiental sin esperar estas acciones de amparo.
- El link para descargar el texto completo de la presentación judicial efectuada por el Movimiento Ecológico de Venezuela para lograr el reconocimiento de la educación ambiental como derecho humano. Aquí lo tienen:http://ambienteacademico.com.ar/imgmails/AMPARO%20EDUCACION%20AMBIENTAL.pdf
- El recordatorio del comienzo de nuestro curso sobre Cómo Organizar una Defensoría Ambiental, que dictaremos a partir del 17 de mayo próximo.
- La obra de arte que acompaña esta entrega es "Estudiantes", del argentino Raúl Soldi, de una serie de ilustraciones para la obra"Juvenilia" de Miguel Cané, y publicada por la Editorial Universitaria de Buenos Aires.
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